A través del Decreto 1043/2018:
Se ha establecido hasta el 31 de marzo de 2019, un procedimiento por el cual los empleadores, antes de disponer despidos sin causa de trabajadores, deberán comunicar la decisión al Ministerio de Producción y Trabajo con una anticipación no menor a diez (10) días hábiles previo a hacerla efectiva.
El Ministerio de Producción y Trabajo, de oficio o a petición de parte, podrá convocar al empleador y al trabajador junto con la asistencia gremial pertinente, a fin de celebrar las audiencias que crea necesarias para considerar las condiciones en que se llevará a cabo la futura extinción laboral.
El incumplimiento de lo establecido dará lugar a la aplicación de sanciones.